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Procesaron al intendente de Gualeguay

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Luis Erro fue procesado junto a otros tres funcionarios y un particular por el hecho que se remite a una licitación del carnaval vinculada a la venta de aerosoles de espuma de la edición 2013. El abogado de Erro anticipó que apelarán.



El intendente de Gualeguay, Luis Erro (PJ) sumó un nuevo procesamiento. Y es que el juez de Garantía, Sebastián Elal, dictó el auto de procesamiento para Erro; al secretario de Turismo, Cultura y Deporte, Mariano Dunat; al secretario de Gobierno, Mariano Iturbe, al secretario de Hacienda, Cdor. Pablo Figueroa y a un particular, por presunto fraude contra la Administración Pública Municipal en una causa en la que se investiga irregularidades en la licitación para los carnavales gualeyos.

No es la primera vez que Erro está en la mira de la justicia por un presunto desmanejo con los carnavales. Ya en 2010 fue acusado por irregularidades en licitaciones para los carnavales municipales.

El viernes pasado se conoció el procesamiento de las autoridades municipales por el hecho que se remite a la una licitación del carnaval vinculada a la venta de aerosoles de espuma de la edición 2013.

Según recordó El Debate Pregón, a principios de febrero de 2013, el concejal y ex intendente, profesor Héctor Darío Jaime, solicitó ante la Justicia que se efectué una investigación por la mencionada licitación.

El asesor legal de la Municipalidad, pero que en este caso puntual no oficia como tal sino como abogado defensor del contador Pablo Figueroa, expresó: “Se le indilga a mi cliente haber participado, habiendo refrendado ciertos actos administrativos. El juez entiende que hay un ilícito de por medio que nosotros entendemos que no es así, que todo ha sido dentro del marco de la ley y en función de ello mi cliente se ha correspondido respecto de este punto”.

“Apelaremos este auto de procesamiento porque entendemos que es infundado, que tiene serias falencias habida cuenta de que en el caso específico de Figueroa –Secretario de Hacienda- no se lo puede responsabilizar por haber refrendado un acto administrativo que estaba ordenado por la ley”, agregó el letrado.

Y agregó que “no existe ningún pericial técnico que demuestre que haya perjuicio al Estado, porque si bien es cierto, cuando hubo ofrecimiento de un canon menor ante licitaciones desiertas es cierto también que debemos entender cuando uno habla de perjuicio al Estado y se lo imputa a una persona, se lo debe probar y no presumir. Esta defensa entiende que el cliente no reúne las condiciones necesarias para ser soporte de un auto de procesamiento”.

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